Ayudas de entre 3.000 y 4.000 euros a los hosteleros de Euskadi
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21 de abril de 2021El Gobierno Vasco ha aprobado un nuevo programa de ayudas económicas dirigido al comercio minorista de Euskadi, en concreto a los negocios que se dedican a la venta de ropa y de calzado. Al igual que otras de los últimos meses, busca apoyar a actividades afectadas por medidas que se han tomado para frenar la expansión de la Covid-19.
La cuantía que podrá recibir cada comercio a fondo perdido se ha establecido en función del número de personas trabajadoras que están dadas de alta en el establecimiento a fecha del 15 de febrero de 2021. De esta forma, se han fijado dos grupos:
- 4.000 euros para establecimientos de 1 a 9 personas trabajadoras
- 4.500 euros para establecimientos de 10 o más personas trabajadoras
Según recoge la publicación del Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), se incluye tanto a las personas autónomas como a las asalariadas, con independencia de la jornada que tengan. Asimismo, pueden estar en activo, en situación de ERTE, suspensión de la relación laboral o en cese de actividad.
El plazo para la presentación de las solicitudes es desde el 9 de marzo hasta el 30 de marzo. La forma de tramitarlas es telemáticamente a través de la página web https://www.euskadi.eus/servicios/1112901/ donde, además de completar la información necesaria, se ha de adjuntar la documentación requerida.
Los comercios de ropa y calzado que decidan beneficiarse de estas subvenciones tienen que tener en cuenta, como ha ocurrido en otras convocatorias de los últimos meses, que se exige mantener la actividad durante al menos cuatro meses seguidos una vez finalice el plazo de solicitud de las ayudas.
En caso de que necesites tramitar estas u otras ayudas con motivo de la pandemia, puedes consultarnos y nos encargamos de hacerlo. En nuestra asesoría, ubicada en Irun, estamos realizando estas y otras gestiones con motivo de la pandemia, como todas las relacionadas con el tema laboral (ERTE, Cese de Actividad de Autónomos, cambios de jornadas, bajas por positivos o cuarentenas, etc).
ACTIVIDADES ECONÓMICAS INCLUIDAS
Las ayudas aprobadas están dirigidas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, comunidades de bienes, sociedades civiles y las micro y pequeñas empresas que se dedican al comercio minorista.
La orden aprobada específica que las actividades deben estar en los siguientes grupos de la CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas):
- CNAE 47.71: comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados
- CNAE 47.72: comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados
REQUISITOS PRINCIPALES
Las personas y entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos a fecha de 15 de febrero de 2021:
- Estar domiciliada social y fiscalmente la actividad empresarial en la CAPV y radicar en la misma el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda.
- En el caso de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, tiene que estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- La entidad solicitante deberá estar dada de alta efectiva en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.